Aviso de licencia
Copyright (C) 2007 Free Software Foundation, Inc. <http://fsf.org/> Se permite a cualquier persona copiar y distribuir copias literales de este documento de licencia, pero no se permite modificarlo.
Preámbulo
La Licencia Pública General de GNU es una licencia libre, con copyleft, para programas y otros tipos de obras.
Las licencias de la mayoría de los programas y otras obras prácticas están concebidas para privarle de la libertad de compartir y modificar esas obras. Por el contrario, la Licencia Pública General de GNU tiene por objeto garantizar su libertad de compartir y modificar todas las versiones de un programa, para asegurar que siga siendo software libre para todos sus usuarios. Nosotros, la Free Software Foundation, utilizamos la Licencia Pública General de GNU para la mayor parte de nuestro software; también se aplica a cualquier otra obra cuyos autores la publiquen de esta manera. Usted también puede aplicarla a sus programas.
Cuando hablamos de software libre, nos referimos a la libertad, no al precio. Nuestras Licencias Públicas Generales están concebidas para asegurar que usted tenga la libertad de distribuir copias de software libre (y cobrar por ellas si lo desea), que reciba el código fuente o pueda obtenerlo si lo desea, que pueda modificar el software o utilizar partes de él en nuevos programas libres, y que sepa que puede hacer estas cosas.
Para proteger sus derechos, debemos impedir que otros le nieguen estos derechos o le pidan que renuncie a ellos. Por tanto, usted tiene ciertas responsabilidades si distribuye copias del software o lo modifica: responsabilidades de respetar la libertad de los demás.
Por ejemplo, si distribuye copias de un programa de este tipo, ya sea gratuitamente o a cambio de un precio, debe transmitir a los destinatarios las mismas libertades que recibió. Debe asegurarse de que ellos también reciban o puedan obtener el código fuente. Y debe mostrarles estos términos para que conozcan sus derechos.
Los desarrolladores que utilizan la GNU GPL protegen sus derechos mediante dos pasos: (1) hacer valer los derechos de autor del software, y (2) ofrecerle esta Licencia, que le concede permiso legal para copiarlo, distribuirlo y/o modificarlo.
Para proteger a los desarrolladores y autores, la GPL explica claramente que este software libre no tiene garantía. Por el bien tanto de los usuarios como de los autores, la GPL exige que las versiones modificadas se identifiquen como tales, para que sus problemas no se atribuyan erróneamente a los autores de versiones anteriores.
Algunos dispositivos están diseñados para negar a los usuarios la posibilidad de instalar o ejecutar versiones modificadas del software que contienen, aunque el fabricante sí pueda hacerlo. Esto es fundamentalmente incompatible con el objetivo de proteger la libertad de los usuarios para modificar el software. Este abuso se produce sistemáticamente en el ámbito de los productos de uso individual, precisamente donde resulta más inaceptable. Por ello, hemos concebido esta versión de la GPL para prohibir esa práctica en dichos productos. Si estos problemas surgen de forma sustancial en otros ámbitos, estamos dispuestos a extender esta disposición a esos ámbitos en futuras versiones de la GPL, según sea necesario para proteger la libertad de los usuarios.
Por último, todos los programas están constantemente amenazados por las patentes de software. Los Estados no deberían permitir que las patentes restrinjan el desarrollo y el uso de software en ordenadores de uso general; pero, en los que sí lo permiten, deseamos evitar el peligro especial de que las patentes aplicadas a un programa libre puedan convertirlo de hecho en privativo. Para impedirlo, la GPL garantiza que las patentes no puedan utilizarse para hacer que el programa deje de ser libre.
A continuación se establecen los términos y condiciones precisos para la copia, distribución y modificación.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
0. Definiciones.
«Esta Licencia» se refiere a la versión 3 de la Licencia Pública General de GNU.
«Derechos de autor» también comprende las leyes similares a las de derechos de autor que se aplican a otros tipos de obras, como las máscaras de semiconductores.
«El Programa» se refiere a cualquier obra susceptible de protección por derechos de autor que se licencie mediante esta Licencia. A cada licenciatario se le denomina «usted». Los «licenciatarios» y «destinatarios» pueden ser personas u organizaciones.
«Modificar» una obra significa copiar o adaptar la totalidad o parte de ella de una manera que requiera permiso del titular de los derechos de autor, salvo la realización de una copia exacta. La obra resultante se denomina «versión modificada» de la obra anterior u obra «basada en» la obra anterior.
Una «obra cubierta» significa tanto el Programa sin modificar como una obra basada en el Programa.
«Propagar» una obra significa realizar con ella cualquier acto que, sin permiso, le haría responsable directa o indirectamente de una infracción conforme a la legislación aplicable sobre derechos de autor, excepto ejecutarla en un ordenador o modificar una copia privada. La propagación incluye la copia, la distribución (con o sin modificaciones), la puesta a disposición del público y, en algunos países, también otras actividades.
«Transmitir» una obra significa cualquier clase de propagación que permita a otras partes hacer o recibir copias. La mera interacción con un usuario a través de una red informática, sin transferencia de una copia, no constituye transmisión.
Una interfaz de usuario interactiva muestra «Avisos Legales Apropiados» en la medida en que incluya una función cómoda y destacada que (1) muestre un aviso apropiado de derechos de autor y (2) informe al usuario de que la obra no tiene garantía (salvo en la medida en que se ofrezcan garantías), de que los licenciatarios pueden transmitir la obra bajo esta Licencia y de cómo consultar una copia de esta Licencia. Si la interfaz presenta una lista de órdenes u opciones del usuario, como un menú, un elemento destacado de esa lista cumple este criterio.
1. Código fuente.
El «código fuente» de una obra significa la forma preferida de la obra para realizar modificaciones. El «código objeto» significa cualquier forma de una obra que no sea código fuente.
Una «Interfaz Estándar» significa una interfaz que sea una norma oficial definida por un organismo de normalización reconocido o, en el caso de interfaces especificadas para un lenguaje de programación concreto, una interfaz ampliamente utilizada por los desarrolladores que trabajan en ese lenguaje.
Las «Bibliotecas del Sistema» de una obra ejecutable incluyen todo aquello, aparte de la obra en su conjunto, que (a) se incluya en la forma habitual de empaquetar un Componente Principal, pero no forme parte de ese Componente Principal, y (b) sirva únicamente para permitir el uso de la obra con ese Componente Principal o para implementar una Interfaz Estándar de la que exista una implementación disponible al público en forma de código fuente. En este contexto, un «Componente Principal» significa un componente esencial importante (núcleo, sistema de ventanas, etc.) del sistema operativo concreto (si lo hay) en el que se ejecute la obra ejecutable, o un compilador utilizado para producir la obra, o un intérprete de código objeto utilizado para ejecutarla.
El «Código Fuente Correspondiente» de una obra en forma de código objeto significa todo el código fuente necesario para generar, instalar y (en el caso de una obra ejecutable) ejecutar el código objeto y para modificar la obra, incluidos los guiones que controlen esas actividades. Sin embargo, no incluye las Bibliotecas del Sistema de la obra, ni las herramientas de uso general o los programas libres generalmente disponibles que se utilicen sin modificar para realizar esas actividades pero no formen parte de la obra. Por ejemplo, el Código Fuente Correspondiente incluye los archivos de definición de interfaces asociados a los archivos fuente de la obra y el código fuente de las bibliotecas compartidas y de los subprogramas enlazados dinámicamente que la obra esté específicamente diseñada para requerir, por ejemplo mediante una estrecha comunicación de datos o un flujo de control entre esos subprogramas y otras partes de la obra.
El Código Fuente Correspondiente no tiene que incluir aquello que los usuarios puedan regenerar automáticamente a partir de otras partes del Código Fuente Correspondiente.
El Código Fuente Correspondiente de una obra en forma de código fuente es esa misma obra.
2. Permisos básicos.
Todos los derechos concedidos por esta Licencia se conceden durante el plazo de vigencia de los derechos de autor del Programa y son irrevocables siempre que se cumplan las condiciones establecidas. Esta Licencia afirma expresamente su permiso ilimitado para ejecutar el Programa sin modificar. Los resultados de ejecutar una obra cubierta solo están sujetos a esta Licencia si, dado su contenido, constituyen una obra cubierta. Esta Licencia reconoce sus derechos de uso legítimo u otros equivalentes establecidos por la legislación sobre derechos de autor.
Puede crear, ejecutar y propagar obras cubiertas que no transmita, sin condiciones mientras su licencia siga vigente en los demás aspectos. Puede transmitir obras cubiertas a otras personas con el único fin de que realicen modificaciones exclusivamente para usted o le proporcionen medios para ejecutar esas obras, siempre que cumpla los términos de esta Licencia al transmitir todo material cuyos derechos de autor no controle. Quienes realicen o ejecuten las obras cubiertas para usted de este modo deberán hacerlo exclusivamente por cuenta de usted, bajo su dirección y control, y en condiciones que les prohíban realizar copias del material protegido por sus derechos de autor fuera de su relación con usted.
La transmisión en cualquier otra circunstancia solo se permite bajo las condiciones que se indican a continuación. No se permite conceder sublicencias; el apartado 10 lo hace innecesario.
3. Protección de los derechos legales de los usuarios frente a las leyes contra la elusión.
Ninguna obra cubierta se considerará parte de una medida tecnológica efectiva conforme a ninguna ley aplicable que cumpla las obligaciones del artículo 11 del tratado de la OMPI sobre derechos de autor adoptado el 20 de diciembre de 1996, ni conforme a leyes similares que prohíban o restrinjan la elusión de tales medidas.
Cuando transmita una obra cubierta, renuncia a cualquier facultad legal para prohibir la elusión de medidas tecnológicas en la medida en que dicha elusión se realice mediante el ejercicio de los derechos concedidos por esta Licencia respecto de la obra cubierta, y declara que no tiene intención de limitar el funcionamiento o la modificación de la obra como medio de hacer valer frente a sus usuarios los derechos legales, propios o de terceros, de prohibir la elusión de medidas tecnológicas.
4. Transmisión de copias literales.
Puede transmitir copias literales del código fuente del Programa tal como lo reciba, en cualquier medio, siempre que publique de manera visible y apropiada en cada copia un aviso adecuado de derechos de autor; mantenga intactos todos los avisos que indiquen que esta Licencia y cualquier condición restrictiva añadida conforme al apartado 7 se aplican al código; mantenga intactos todos los avisos de ausencia de garantía; y entregue a todos los destinatarios una copia de esta Licencia junto con el Programa.
Puede cobrar cualquier precio o no cobrar nada por cada copia que transmita, y puede ofrecer asistencia o cobertura de garantía a cambio de un precio.
5. Transmisión de versiones modificadas del código fuente.
Puede transmitir una obra basada en el Programa, o las modificaciones necesarias para producirla a partir del Programa, en forma de código fuente bajo los términos del apartado 4, siempre que también cumpla todas estas condiciones:
a) La obra debe llevar avisos destacados que indiquen que usted la ha modificado y que señalen una fecha pertinente.
b) La obra debe llevar avisos destacados que indiquen que se publica bajo esta Licencia y cualquier condición añadida conforme al apartado 7. Este requisito modifica la exigencia del apartado 4 de «mantener intactos todos los avisos».
c) Debe conceder una licencia sobre la obra completa, en su conjunto, bajo esta Licencia a toda persona que llegue a poseer una copia. Esta Licencia se aplicará, por tanto, junto con cualesquiera condiciones adicionales aplicables del apartado 7, a toda la obra y a todas sus partes, con independencia de cómo estén empaquetadas. Esta Licencia no concede permiso para licenciar la obra de ninguna otra manera, pero no invalida ese permiso si lo ha recibido por separado.
d) Si la obra tiene interfaces de usuario interactivas, cada una deberá mostrar Avisos Legales Apropiados; sin embargo, si el Programa tiene interfaces interactivas que no muestran Avisos Legales Apropiados, no es necesario que su obra haga que los muestren.
Una recopilación de una obra cubierta junto con otras obras separadas e independientes, que por su naturaleza no sean extensiones de la obra cubierta ni estén combinadas con ella para formar un programa mayor, en un volumen de un medio de almacenamiento o distribución, se denomina «agregado» si la recopilación y los derechos de autor resultantes no se utilizan para limitar el acceso o los derechos legales de sus usuarios más allá de lo permitido por las obras individuales. La inclusión de una obra cubierta en un agregado no hace que esta Licencia se aplique a las otras partes del agregado.
6. Transmisión en formas distintas del código fuente.
Puede transmitir una obra cubierta en forma de código objeto bajo los términos de los apartados 4 y 5, siempre que también transmita el Código Fuente Correspondiente legible por máquina bajo los términos de esta Licencia, de una de estas maneras:
a) Transmitir el código objeto en un producto físico, o incorporado a él (incluido un medio físico de distribución), acompañado del Código Fuente Correspondiente fijado en un medio físico duradero utilizado habitualmente para el intercambio de software.
b) Transmitir el código objeto en un producto físico, o incorporado a él (incluido un medio físico de distribución), acompañado de una oferta escrita, válida durante al menos tres años y durante todo el tiempo en que ofrezca repuestos o asistencia al cliente para ese modelo de producto, de proporcionar a cualquier persona que posea el código objeto: (1) una copia del Código Fuente Correspondiente de todo el software del producto sujeto a esta Licencia, en un medio físico duradero utilizado habitualmente para el intercambio de software, por un precio que no supere el coste razonable de efectuar físicamente esa transmisión del código fuente, o (2) acceso para copiar el Código Fuente Correspondiente desde un servidor de red sin cargo alguno.
c) Transmitir copias individuales del código objeto con una copia de la oferta escrita de proporcionar el Código Fuente Correspondiente. Esta alternativa solo se permite ocasionalmente y sin fines comerciales, y solo si usted recibió el código objeto con una oferta de ese tipo, conforme al subapartado 6b.
d) Transmitir el código objeto ofreciendo acceso desde un lugar designado (gratuitamente o a cambio de un precio), y ofrecer un acceso equivalente al Código Fuente Correspondiente de la misma manera y desde el mismo lugar, sin ningún cargo adicional. No necesita exigir a los destinatarios que copien el Código Fuente Correspondiente junto con el código objeto. Si el lugar desde el que se copia el código objeto es un servidor de red, el Código Fuente Correspondiente podrá estar en otro servidor (gestionado por usted o por un tercero) que ofrezca facilidades de copia equivalentes, siempre que junto al código objeto mantenga indicaciones claras sobre dónde encontrar el Código Fuente Correspondiente. Independientemente de qué servidor aloje el Código Fuente Correspondiente, usted sigue obligado a asegurar que esté disponible durante todo el tiempo necesario para cumplir estos requisitos.
e) Transmitir el código objeto mediante transmisión entre pares, siempre que informe a los demás pares de dónde se ofrecen al público en general el código objeto y el Código Fuente Correspondiente de la obra sin cargo alguno conforme al subapartado 6d.
No es necesario incluir en la transmisión de la obra en código objeto una parte separable de dicho código cuyo código fuente esté excluido del Código Fuente Correspondiente por ser una Biblioteca del Sistema.
Un «Producto de Usuario» es (1) un «producto de consumo», es decir, cualquier bien mueble tangible utilizado normalmente con fines personales, familiares o domésticos, o (2) cualquier cosa diseñada o vendida para incorporarse a una vivienda. Al determinar si un producto es un producto de consumo, los casos dudosos se resolverán a favor de su inclusión. Para un producto concreto recibido por un usuario concreto, «utilizado normalmente» se refiere a un uso típico o habitual de esa clase de producto, independientemente de la condición del usuario concreto o de cómo utilice realmente, espere utilizar o se espere que utilice el producto. Un producto es un producto de consumo aunque tenga usos comerciales, industriales o ajenos al consumo que sean importantes, salvo que esos usos representen el único modo de uso significativo del producto.
La «Información de Instalación» de un Producto de Usuario significa cualesquiera métodos, procedimientos, claves de autorización u otra información necesarios para instalar y ejecutar versiones modificadas de una obra cubierta en ese Producto de Usuario a partir de una versión modificada de su Código Fuente Correspondiente. La información debe bastar para asegurar que en ningún caso se impida o interfiera en el funcionamiento continuado del código objeto modificado por el mero hecho de haber sido modificado.
Si transmite una obra en código objeto conforme a este apartado en un Producto de Usuario, junto con él o específicamente para utilizarla en él, y la transmisión forma parte de una operación en la que se transfiere al destinatario el derecho de posesión y uso del Producto de Usuario de forma perpetua o por un plazo determinado (con independencia de cómo se califique la operación), el Código Fuente Correspondiente transmitido conforme a este apartado deberá ir acompañado de la Información de Instalación. No obstante, este requisito no se aplica si ni usted ni ningún tercero conservan la capacidad de instalar código objeto modificado en el Producto de Usuario (por ejemplo, si la obra se ha instalado en una memoria ROM).
La obligación de proporcionar Información de Instalación no incluye la obligación de seguir proporcionando asistencia, garantía o actualizaciones para una obra que haya sido modificada o instalada por el destinatario, ni para el Producto de Usuario en el que se haya modificado o instalado. Podrá denegarse el acceso a una red cuando la propia modificación afecte material y negativamente al funcionamiento de la red o infrinja las reglas y protocolos de comunicación a través de ella.
El Código Fuente Correspondiente transmitido y la Información de Instalación proporcionada conforme a este apartado deben estar en un formato documentado públicamente (y con una implementación disponible al público en forma de código fuente), y no deben requerir ninguna contraseña o clave especial para descomprimirlos, leerlos o copiarlos.
7. Condiciones adicionales.
Los «permisos adicionales» son condiciones que complementan los términos de esta Licencia estableciendo excepciones a una o varias de sus condiciones. Los permisos adicionales aplicables a todo el Programa se tratarán como si estuvieran incluidos en esta Licencia, en la medida en que sean válidos conforme a la legislación aplicable. Si los permisos adicionales se aplican únicamente a una parte del Programa, esa parte podrá utilizarse por separado bajo esos permisos, pero el Programa completo seguirá rigiéndose por esta Licencia sin tener en cuenta los permisos adicionales.
Cuando transmita una copia de una obra cubierta, podrá, a su elección, eliminar cualquier permiso adicional de esa copia o de cualquier parte de ella. (Los permisos adicionales pueden estar redactados de modo que exijan su propia eliminación en determinados casos cuando usted modifique la obra.) Puede añadir permisos adicionales al material que usted incorpore a una obra cubierta y sobre el cual tenga o pueda conceder el permiso correspondiente de derechos de autor.
Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Licencia, respecto del material que añada a una obra cubierta podrá (si cuenta con la autorización de los titulares de los derechos de autor de ese material) complementar los términos de esta Licencia con condiciones que:
a) Excluyan garantías o limiten responsabilidades de una manera distinta a la prevista en los apartados 15 y 16 de esta Licencia; o
b) Exijan conservar determinados avisos legales razonables o atribuciones de autoría en ese material o en los Avisos Legales Apropiados mostrados por las obras que lo contengan; o
c) Prohíban tergiversar el origen de ese material, o exijan que sus versiones modificadas se identifiquen de manera razonable como distintas de la versión original; o
d) Limiten el uso con fines publicitarios de los nombres de los licenciantes o autores del material; o
e) Se abstengan de conceder derechos conforme a la legislación sobre marcas para utilizar determinados nombres comerciales, marcas o marcas de servicio; o
f) Exijan que cualquier persona que transmita ese material (o versiones modificadas de él), asumiendo contractualmente responsabilidades frente al destinatario, indemnice a los licenciantes y autores de ese material por toda responsabilidad que esas obligaciones contractuales impongan directamente a dichos licenciantes y autores.
Todas las demás condiciones adicionales restrictivas se consideran «restricciones adicionales» en el sentido del apartado 10. Si el Programa tal como usted lo recibió, o cualquier parte de él, contiene un aviso que indique que se rige por esta Licencia junto con una condición que constituya una restricción adicional, puede eliminar esa condición. Si un documento de licencia contiene una restricción adicional pero permite volver a licenciar o transmitir bajo esta Licencia, puede añadir a una obra cubierta material regido por los términos de ese documento, siempre que la restricción adicional no subsista tras esa nueva concesión de licencia o transmisión.
Si añade condiciones a una obra cubierta conforme a este apartado, deberá incluir en los archivos fuente pertinentes una declaración de las condiciones adicionales aplicables a esos archivos o un aviso que indique dónde encontrar las condiciones aplicables.
Las condiciones adicionales, sean permisivas o restrictivas, pueden expresarse en una licencia redactada por separado o como excepciones; los requisitos anteriores se aplican en ambos casos.
8. Terminación.
No puede propagar ni modificar una obra cubierta salvo según lo expresamente previsto en esta Licencia. Todo intento de propagarla o modificarla de otra manera es nulo y pondrá fin automáticamente a sus derechos bajo esta Licencia (incluidas las licencias de patentes concedidas en virtud del tercer párrafo del apartado 11).
Sin embargo, si cesa toda infracción de esta Licencia, la licencia concedida por un titular concreto de derechos de autor se restablecerá (a) provisionalmente, salvo que y hasta que ese titular ponga fin a su licencia de manera explícita y definitiva, y (b) permanentemente, si ese titular no le notifica la infracción por algún medio razonable antes de transcurridos 60 días desde el cese.
Además, la licencia concedida por un titular concreto de derechos de autor se restablecerá permanentemente si ese titular le notifica la infracción por algún medio razonable, si es la primera vez que recibe de ese titular una notificación de infracción de esta Licencia (respecto de cualquier obra) y si subsana la infracción antes de transcurridos 30 días desde la recepción de la notificación.
La terminación de sus derechos conforme a este apartado no pone fin a las licencias de quienes hayan recibido de usted copias o derechos bajo esta Licencia. Si sus derechos han terminado y no se han restablecido permanentemente, no reúne las condiciones para recibir nuevas licencias sobre el mismo material conforme al apartado 10.
9. No se requiere aceptación para poseer copias.
No está obligado a aceptar esta Licencia para recibir o ejecutar una copia del Programa. La propagación accesoria de una obra cubierta que se produzca únicamente como consecuencia de utilizar una transmisión entre pares para recibir una copia tampoco requiere aceptación. Sin embargo, nada distinto de esta Licencia le concede permiso para propagar o modificar una obra cubierta. Esas acciones infringen los derechos de autor si usted no acepta esta Licencia. Por tanto, al modificar o propagar una obra cubierta, manifiesta que acepta esta Licencia para hacerlo.
10. Concesión automática de licencia a destinatarios posteriores.
Cada vez que transmite una obra cubierta, el destinatario recibe automáticamente de los licenciantes originales una licencia para ejecutar, modificar y propagar esa obra, con sujeción a esta Licencia. Usted no es responsable de hacer que terceros cumplan esta Licencia.
Una «operación entre entidades» es una operación que transfiere el control de una organización o la práctica totalidad de sus activos, que divide una organización o que fusiona organizaciones. Si la propagación de una obra cubierta resulta de una operación entre entidades, cada parte en esa operación que reciba una copia de la obra también recibe todas las licencias sobre ella que su antecesor en el derecho tenía o podía conceder conforme al párrafo anterior, así como el derecho a obtener de ese antecesor el Código Fuente Correspondiente de la obra, si este lo tiene o puede obtenerlo mediante esfuerzos razonables.
No puede imponer ninguna restricción adicional al ejercicio de los derechos concedidos o afirmados por esta Licencia. Por ejemplo, no puede imponer un canon de licencia, regalía u otro cargo por ejercer los derechos concedidos bajo esta Licencia, ni iniciar litigios (incluidas demandas entre codemandados o reconvenciones) alegando que la fabricación, utilización, venta, oferta de venta o importación del Programa o de cualquier parte de él infringe alguna reivindicación de patente.
11. Patentes.
Un «colaborador» es un titular de derechos de autor que autoriza el uso bajo esta Licencia del Programa o de una obra en la que se base el Programa. La obra licenciada de ese modo se denomina «versión del colaborador» de ese colaborador.
Las «reivindicaciones de patente esenciales» de un colaborador son todas las reivindicaciones de patente que le pertenezcan o estén bajo su control, ya adquiridas o adquiridas posteriormente, que resultarían infringidas por alguna manera de fabricar, utilizar o vender su versión del colaborador permitida por esta Licencia; no incluyen, sin embargo, las reivindicaciones que se infringirían únicamente como consecuencia de modificaciones posteriores de esa versión. A efectos de esta definición, «control» incluye el derecho a conceder sublicencias de patente de una manera compatible con los requisitos de esta Licencia.
Cada colaborador le concede una licencia de patente no exclusiva, de ámbito mundial y libre de regalías sobre sus reivindicaciones de patente esenciales, para fabricar, utilizar, vender, ofrecer en venta, importar y, de cualquier otra manera, ejecutar, modificar y propagar el contenido de su versión del colaborador.
En los tres párrafos siguientes, una «licencia de patente» es cualquier acuerdo o compromiso expreso, cualquiera que sea su denominación, de no hacer valer una patente (como un permiso expreso para explotar una patente o un compromiso de no demandar por infracción de patente). «Conceder» una licencia de patente de ese tipo a una parte significa asumir ese acuerdo o compromiso de no hacer valer una patente contra ella.
Si transmite una obra cubierta basándose conscientemente en una licencia de patente y el Código Fuente Correspondiente de la obra no está disponible para que cualquiera lo copie, gratuitamente y bajo los términos de esta Licencia, a través de un servidor de red accesible al público u otro medio fácilmente accesible, deberá (1) hacer que el Código Fuente Correspondiente esté disponible de ese modo, o (2) disponer lo necesario para privarse del beneficio de la licencia de patente respecto de esa obra concreta, o (3) disponer lo necesario, de forma compatible con los requisitos de esta Licencia, para extender la licencia de patente a los destinatarios posteriores. «Basarse conscientemente» significa que usted sabe efectivamente que, de no existir la licencia de patente, la transmisión de la obra cubierta por usted en un país, o su uso por su destinatario en un país, infringiría una o varias patentes identificables de ese país que usted tiene motivos para considerar válidas.
Si, en virtud de una única operación o acuerdo o en relación con ellos, transmite una obra cubierta, o la propaga procurando su transmisión, y concede a algunas de las partes que la reciben una licencia de patente que las autoriza a utilizar, propagar, modificar o transmitir una copia concreta de la obra cubierta, la licencia de patente que conceda se extenderá automáticamente a todos los destinatarios de la obra cubierta y de las obras basadas en ella.
Una licencia de patente es «discriminatoria» si no incluye en su ámbito de cobertura, prohíbe ejercer o condiciona a la falta de ejercicio uno o varios de los derechos expresamente concedidos por esta Licencia. No puede transmitir una obra cubierta si es parte de un acuerdo con un tercero dedicado a distribuir software, conforme al cual paga a ese tercero en función del alcance de su actividad de transmisión de la obra, y conforme al cual ese tercero concede a cualquiera de las partes que recibirían de usted la obra cubierta una licencia de patente discriminatoria (a) en relación con las copias de la obra cubierta transmitidas por usted (o copias hechas a partir de ellas), o (b) principalmente para productos o recopilaciones específicos que contengan la obra cubierta y en relación con ellos, salvo que haya celebrado ese acuerdo o que se haya concedido esa licencia de patente antes del 28 de marzo de 2007.
Nada de esta Licencia se interpretará como exclusión o limitación de ninguna licencia implícita ni de otras defensas frente a una infracción que puedan corresponderle conforme a la legislación aplicable sobre patentes.
12. No renuncia a la libertad de otros.
Si se le imponen condiciones (por resolución judicial, acuerdo o de otro modo) que contradigan las condiciones de esta Licencia, ello no le exime de cumplir las condiciones de esta Licencia. Si no puede transmitir una obra cubierta de modo que satisfaga simultáneamente sus obligaciones bajo esta Licencia y cualesquiera otras obligaciones pertinentes, no podrá transmitirla en absoluto. Por ejemplo, si acepta condiciones que le obligan a cobrar a aquellos a quienes transmite el Programa una regalía por transmisiones posteriores, la única forma de cumplir tanto esas condiciones como esta Licencia sería abstenerse por completo de transmitir el Programa.
13. Uso con la Licencia Pública General Affero de GNU.
Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Licencia, tiene permiso para enlazar o combinar cualquier obra cubierta con una obra licenciada bajo la versión 3 de la Licencia Pública General Affero de GNU en una única obra combinada, y para transmitir la obra resultante. Los términos de esta Licencia seguirán aplicándose a la parte que sea la obra cubierta, pero los requisitos especiales del apartado 13 de la Licencia Pública General Affero de GNU relativos a la interacción a través de una red se aplicarán a la combinación como tal.
14. Versiones revisadas de esta Licencia.
La Free Software Foundation puede publicar de vez en cuando versiones revisadas y/o nuevas de la Licencia Pública General de GNU. Esas nuevas versiones serán similares en espíritu a la versión actual, pero podrán diferir en los detalles para abordar nuevos problemas o inquietudes.
Cada versión recibe un número de versión que la distingue. Si el Programa especifica que se le aplica una versión numerada concreta de la Licencia Pública General de GNU «o cualquier versión posterior», usted puede optar por seguir los términos y condiciones de esa versión numerada o de cualquier versión posterior publicada por la Free Software Foundation. Si el Programa no especifica un número de versión de la Licencia Pública General de GNU, puede elegir cualquier versión que haya publicado la Free Software Foundation.
Si el Programa especifica que un representante puede decidir qué versiones futuras de la Licencia Pública General de GNU se pueden utilizar, la declaración pública de ese representante aceptando una versión le autoriza permanentemente a elegir esa versión para el Programa.
Las versiones posteriores de la licencia pueden concederle permisos adicionales o diferentes. Sin embargo, su decisión de seguir una versión posterior no impone obligaciones adicionales a ningún autor ni titular de derechos de autor.
15. Ausencia de garantía.
EL PROGRAMA NO TIENE GARANTÍA EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEGISLACIÓN APLICABLE. SALVO QUE SE INDIQUE LO CONTRARIO POR ESCRITO, LOS TITULARES DE LOS DERECHOS DE AUTOR Y/O OTRAS PARTES PROPORCIONAN EL PROGRAMA «TAL CUAL», SIN GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUIDAS, SIN LIMITARSE A ELLAS, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD E IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO. USTED ASUME TODO EL RIESGO RESPECTO DE LA CALIDAD Y EL RENDIMIENTO DEL PROGRAMA. SI EL PROGRAMA RESULTARA DEFECTUOSO, USTED ASUME EL COSTE DE TODOS LOS SERVICIOS, REPARACIONES O CORRECCIONES NECESARIOS.
16. Limitación de responsabilidad.
EN NINGÚN CASO, SALVO QUE LO EXIJA LA LEGISLACIÓN APLICABLE O SE ACUERDE POR ESCRITO, NINGÚN TITULAR DE DERECHOS DE AUTOR NI NINGUNA OTRA PARTE QUE MODIFIQUE Y/O TRANSMITA EL PROGRAMA SEGÚN LO PERMITIDO ANTERIORMENTE SERÁ RESPONSABLE FRENTE A USTED POR DAÑOS, INCLUIDOS LOS DAÑOS GENERALES, ESPECIALES, INCIDENTALES O CONSECUENTES QUE SE DERIVEN DEL USO O DE LA IMPOSIBILIDAD DE USAR EL PROGRAMA (INCLUIDOS, SIN LIMITARSE A ELLOS, LA PÉRDIDA DE DATOS, LOS DATOS QUE RESULTEN INEXACTOS, LAS PÉRDIDAS SUFRIDAS POR USTED O POR TERCEROS O LA INCAPACIDAD DEL PROGRAMA PARA FUNCIONAR CON OTROS PROGRAMAS), INCLUSO SI SE HUBIERA ADVERTIDO A ESE TITULAR O A ESA OTRA PARTE DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS.
17. Interpretación de los apartados 15 y 16.
Si la exclusión de garantía y la limitación de responsabilidad anteriores no pueden tener efecto jurídico local conforme a sus términos, los tribunales que las examinen aplicarán la legislación local que más se aproxime a una renuncia absoluta a toda responsabilidad civil relacionada con el Programa, salvo que una garantía o una asunción de responsabilidad acompañe a una copia del Programa a cambio de un precio.
FIN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES
Cómo aplicar estos términos a sus nuevos programas
Si desarrolla un programa nuevo y desea que resulte lo más útil posible para el público, la mejor forma de lograrlo es convertirlo en software libre que todo el mundo pueda redistribuir y modificar bajo estos términos.
Para ello, adjunte al programa los siguientes avisos. Lo más seguro es adjuntarlos al principio de cada archivo fuente para expresar de la forma más eficaz la exclusión de garantía; y cada archivo debería contener al menos la línea de derechos de autor y una indicación de dónde se encuentra el aviso completo.
Sprutio
Copyright (C) 2015 Sergey GoppikovEste programa es software libre: puede redistribuirlo y/o modificarlo
bajo los términos de la Licencia Pública General de GNU publicada por
la Free Software Foundation, ya sea la versión 3 de la Licencia o,
a su elección, cualquier versión posterior.Este programa se distribuye con la esperanza de que resulte útil,
pero SIN NINGUNA GARANTÍA; ni siquiera con la garantía implícita de
COMERCIABILIDAD o IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO. Consulte la
Licencia Pública General de GNU para obtener más detalles.Debería haber recibido una copia de la Licencia Pública General de GNU
junto con este programa. Si no es así, consulte <http://www.gnu.org/licenses/>.Añada también información sobre cómo ponerse en contacto con usted por correo electrónico y postal.
Si el programa permite interactuar mediante un terminal, haga que muestre un aviso breve como este al iniciarse en modo interactivo:
sprutio Copyright (C) 2015 Sergey Goppikov
Este programa se ofrece SIN NINGUNA GARANTÍA; escriba `show w' para más detalles.
Es software libre y puede redistribuirlo
bajo ciertas condiciones; escriba `show c' para más detalles.Las órdenes hipotéticas `show w' y `show c' deberían mostrar las partes apropiadas de la Licencia Pública General. Por supuesto, las órdenes de su programa pueden ser diferentes; en una interfaz gráfica utilizaría un cuadro «Acerca de».
También debería conseguir que su empleador (si trabaja como programador) o su centro educativo, si corresponde, firme una «renuncia a los derechos de autor» del programa, si fuera necesario. Para obtener más información al respecto y sobre cómo aplicar y cumplir la GNU GPL, consulte <http://www.gnu.org/licenses/>.
La Licencia Pública General de GNU no permite incorporar su programa a programas privativos. Si su programa es una biblioteca de subrutinas, puede considerar más útil permitir que aplicaciones privativas se enlacen con la biblioteca. Si eso es lo que desea hacer, utilice la Licencia Pública General Reducida de GNU en lugar de esta Licencia. Pero antes, lea <http://www.gnu.org/philosophy/why-not-lgpl.html>.